Poco conocidos hechos sobre abogados arrendamientos.
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Te comento nuestro caso. Somos inquilinos y ahora ajustado se cumplen seis meses desde inicio de convenio en diciembre. El tema es que cuando nos enseñaron el pavimento vimos una horma en el cuarto principal con lo que era según el propietario un pequeño y simple problema estético de pintura. Con los díFigura pudimos comprobar que el plato de ducha de la suite Bancal un problema y daba humedad a esa pared y que ademas con las primeras lluvias aparecieron más humedades que hacían imposible descansar en esa habitación. Otra cosa que se nos ocultó. Adicionalmente los cerramientos de climalit están averiados y hemos pasado un frió extraordinario este invierno.
Para contestar a tu duda… lo que sucede es que los contratos que se firmaron antaño del 6 de junio de 2013 tienen una duración hasta cinco años.
Tengo el ulterior caso: hemos alquilado una vivienda en agosto de 2014 por periodo exiguo de 3 abriles. En el acuerdo se estipula la penalización del artículo 11, LAU, con la cual estuvimos de acuerdo. Antaño de cumplido el plazo la arrendataria nos expresó por mail su voluntad de no renovar pues tiene interés en traicionar la propiedad o subir considerablemente el arrendamiento.
En presencia de dicha situación y teniendo en cuenta que aplicamos deducción por locación, tengo las siguientes dudas:
Respecto a tus dudas, si para el 3 de diciembre no han ocupado la vivienda ella o algún ascendiente (o la han alquilado a personas distintas a éstas), podrás exigir volver a la vivienda + una indemnización por los gastos del desalojo; o perfectamente pedir una indemnización de una mensualidad de renta por cada año que reste de convenio.
Es posible llegar a un acuerdo con los inquilinos para que una momento disuelto el arreglo, puedan seguir estando en el suelo hasta que consiga venderle? (dándoles un plazo de un mes desde que se vende para que puedan abandonarlo) o esto implicaría automáticamente que tienen derecho a continuar en el piso y puedan negarse a abandonarlo?
Estoy teniendo serios problemas con un inquilino cuyo pacto comenzó hace 2 meses (y que finaliza En el interior de 8 meses). He recibido numerosas protestas en narración a esta persona, tanto por parte del Presidente de la Comunidad del inmueble (en representación de varios vecinos) como de los otros inquilinos que habitan en la vivienda.
Es lícito que no acaecer sido informados por otro medio y nosotros no tener constancia de esta información hasta actualmente y terminando el acuerdo el día 28 de septiembre que tengamos que dejarse llevar la casa en dos semanas? No entendemos muy bien que no nos lo hayan comunicado de ninguna otra forma como una convocatoria o un mail sabiendo que es un periodo de holganza y que podríamos no estar presentes. ¿Qué debemos hacer? Muchas gracias
El entendimiento si no es denunciado por las partes se prorrogara por periodos anuales hasta alcanzar 3 anualidades.
Asimismo, ha incapaz que el origen del fuego fuera su Específico porque, de las manifestaciones recabadas de su cliente y de otros supervivientes del devastador incendio, las llamas empezaron en la zona de palcos situada en la parte superior de Teatre y, de allí, se propagaron a La Fonda, cuyos clientes «no tuvieron tiempo de reaccionar» a consecuencia del intenso humo sable que inundó la sala en escasos minutos.
Por ejemplo, pueden mandarte un email diciendo que tienes una carta certificada esperando en Correos para ser recogida. Pueden mandarte un sms en los mismos términos, etc.
Pero en caso desigual al planteado entonces los inquilinos pueden estar en la vivienda hasta tres años.
Pero yo te recomiendo aue lo hagas por escrito y que lo hagas cuanto antiguamente mejor (para evitar sorpresas de última hora al arrendatario).
Esta claro que es una artimaña del arrendador. Si lo teneis pactado como cuentas tiene el arrendador la obligación absoluta here de devolveros el mes de fianza.